Consejería Fiscal

El Consejero Fiscal es la persona encargada de ejercer vigilancia y control interno, en coordinación y articulación con los demás consejeros y consejerías de la Asociación, en todos aquellos procesos que se desarrollan dentro de la organización, con la intención de garantizar un adecuado funcionamiento, acorde con la naturaleza, objeto y funciones de la organización y propiciando la protección e intereses del Pueblo Awá.

Le corresponde al Fiscal de la Asociación ejercer las siguientes funciones:
a. Hacer el seguimiento y evaluación de los programas, planes y proyectos, del funcionamiento y de la ejecución presupuestal anual de gastos e inversión, verificando que corresponda a las políticas y programas señalados por la Asociación.
b. Apoyar otras actividades de vigilancia y control, asistir a la administración en el análisis de sus informes, evaluar sus actividades e impulsar iniciativas que contribuyan a la agilidad y a la eficiencia de la Asociación.
c. Asesorar a la Asociación en el diseño, funcionamiento y mantenimiento de sistemas adecuados de control interno.
d. Revisar y evaluar la aplicación de las medidas del control interno.
e. Proponer al Consejo de Autoridades y al Consejero Mayor, iniciativas para ser concertadas y aprobadas o no, de modificaciones y ajustar al programa de actividades de la Asociación, cuando tales sean adecuadas a la realización de los objetivos de la Asociación.
f. Verificar el cumplimiento de las políticas y decisiones del Congreso Awá, la Asamblea General, del Consejo de Autoridades y del Consejo de Gobierno.
g. Verificar que el sistema de información, planes, programas y proyectos que se realicen en zona de jurisdicción de la Asociación se lleve adecuadamente y permanezca actualizado.
h. Evaluar los procesos relacionados con el manejo de los activos de la Asociación midiendo las posibles pérdidas, deterioros y usos indebidos.
i. Recomendar acciones que permitan prevenir, detectar y corregir errores e irregularidades. j. Prestar asesoría en la elaboración del inventario de los bienes muebles e inmuebles de la asociación y verificar su adecuada actualización y registro.
k. Verificar el cumplimiento de las recomendaciones de los órganos de vigilancia para el mejoramiento de los controles internos.
l. Presentar informes al Congreso, la Asamblea General, al Consejo de Autoridades, al Consejo de Gobierno y al consejero Mayor semestralmente y cada vez que le sean requeridos.
m. Las demás que señale el Congreso, la Asamblea General o el Consejo de Autoridades.

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